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Teléfonos Celulares y Aparatos Electrónicos |
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Los alumnos pueden traer sus teléfonos celulares al Colegio pero deben apagarlos y guardarlos durante las horas de clases. Si están a la vista o timbran en el salón de clases, serán confiscados. La primera vez que esto ocurre, será devuelto al alumno al final del día. La segunda vez se devolverá al padre de familia si viene al Colegio a solicitarlo. La tercera infracción de esta naturaleza resultará en la devolución del celular al representante y la prohibición de traerlo por el resto del año lectivo. No se permiten los celulares con cámara dentro de los baños o vestuarios y serán confiscados si se hace caso omiso a esta prohibición. Los alumnos no pueden usar sus teléfonos celulares para llamar a sus padres o choferes y pedir que los recojan durante horas de clases (incluyendo la hora de actividades los lunes). Estas llamadas deben efectuarse mediante la central telefónica del Colegio en caso de necesidad. Hacer caso omiso a este reglamento resultará en la suspensión del privilegio de poder traer celular al Colegio durante el resto del año lectivo, y será causa de suspensión del alumno de clases si el representante recoge al alumno sin avisar a la recepción del Colegio, ya que esto constituye una falta grave en contra de las medidas de seguridad de ISM. La grabación y/o exhibición no autorizada en el Internet o en la comunidad de fotos o videos de profesores o estudiantes tomadas en el colegio se considera una infracción seria y será tratado como mínimo con intervención al tercer nivel. Aparatos electrónicos como ipods, MP3, y otros aparatos personales para música, juegos (game boys) u otros aparatos portátiles de entretenimiento personal no son permitidos en el Colegio (excepto cuando estén autorizados por escrito por un profesor con motivo de una actividad o evento educativo específico, y serán confiscados por los profesores del Colegio. La primera vez que se confisca un aparato de esta índole será devuelto al estudiante al final del día. La segunda vez, será devuelto al representante del alumno cuando se apersone a la oficina del Director a solicitarlo. La tercera infracción de esta índole resultará en la retención del aparato hasta el final del año lectivo, y será devuelto al representante cuando se apersone a la oficina del Director a solicitarlo.
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